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Tu chamba no acaba cuando se vende tu casa

Publicado por Support Yoast en 1 julio, 2022
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Existen muchos mitos que surgen cuando se ha completado el proceso de venta de una propiedad. Que si no es necesario pagar impuestos por la transacción, que si no es necesario notificar al SAT ya que el notario se encargará de eso, etc. A final de cuentas, el vendedor ya recibió su dinero y eso es lo más importante. Sí, pero no puedes dejar de lado que, en materia fiscal, aún hay algunas cosas que debes de hacer.

Te dejamos algunos documentos que el vendedor debe solicitarle al notario después de firmar la escritura de compraventa:

  • Copia simple de la escritura de compraventa: Es el único documento que avala ante la ley el proceso de adquisición de una vivienda. Tener una copia de él es tan fundamental como tener una de tu acta de nacimiento.
  • Declaración del pago del ISR provisional que retuvo el notario: En efecto, el notario notificará al SAT todo lo que sea pertinente, pero es tu obligación tener un documento con el cual respaldarlo. Deberás regresar a la notaria por él 15 días después de la firma.
  • Cálculo del ISR desglosado: Te servirá a ti y a tu contador en caso de tener que hacer alguna declaración frente al SAT.
  • Factura complemento de la retención del ISR: Al igual que el punto anterior, te servirá para realizar declaraciones fiscales.

No te descuides dejando al azar el que te toque o no presentar uno de estos documentos. En Century 21 Apolo te podemos asesorar con este, y otros temas, que harán que disfrutable y sencillo todo el proceso de vender tu propiedad. Acércate a alguna de nuestras oficinas.

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